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Residencia de larga duración: cómo la tramita un despacho con Aproba
Tras cinco años de residencia legal, la larga duración libera al cliente de renovar cada dos años. Es un expediente sencillo en documentos y exigente en fechas: el cómputo de los cinco años.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026
3
documentos que pide el portal por defecto
1
modelo oficial rellenado
790-052
tasa generada con los datos del cliente
3 meses
plazo de resolución · silencio positivo
La residencia de larga duración se concede a quien acredita cinco años de residencia legal y continuada. La tarjeta que resulta sigue teniendo caducidad — se renueva cada cinco años —, pero la autorización ya es indefinida.
El expediente pide poco: la TIE vigente, el empadronamiento y los medios. Lo delicado es el historial: Aproba conserva las TIE anteriores validadas en la ficha, con sus fechas, y eso es exactamente lo que hay que acreditar.
Qué pide Aproba a tu cliente
Al crear el expediente y elegir «Residencia de larga duración», el cliente recibe un enlace con esta lista, en su idioma. Es la lista por defecto del catálogo: la ajustas por servicio en Ajustes o por expediente, y lo que no tenga casilla se sube igual como «otros documentos».
- TIE actual
- Certificado de empadronamiento
- Justificante de medios económicos
Formularios y tasa
Con los documentos validados, Aproba rellena EX-11 (Residencia de larga duración) sobre el impreso oficial vigente, editable antes de imprimir; la página 2 (lugar, fecha, firmante) se completa sobre el propio PDF. La tasa 790-052 (autorizaciones de residencia) sale generada con los datos del cliente. Se presenta ante la Oficina de Extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno; la presentación la hace el profesional, con su certificado o su convenio.
El recorrido en Aproba
Enlace
Creas el expediente, eliges el servicio y envías el enlace.
Portal
El cliente sube los documentos desde el móvil, en su idioma, y firma la hoja de encargo.
IA
Cada documento se reconoce, se lee y rellena la ficha; lo ilegible se vuelve a pedir.
Formularios y cobro
EX-11 y la tasa, rellenados y editables. Anticipo y pago final desde el expediente (Pro y Business).
Presentación
La haces tú. Aproba avisa al cliente de cada paso y guarda el historial.
Lo particular de este trámite
- El historial de tarjetas ya está. Si el cliente renovó con Aproba, sus TIE anteriores están validadas con fecha: el cómputo de los cinco años se lee de la ficha.
- EX-11 rellenado, con el representante si actúa el despacho, y la 790-052 generada.
- Silencio positivo a los tres meses: el artículo enlazado explica cómo pedir el certificado.
- La nueva tarjeta también caduca. Aproba registra su fecha y, cuando toque, la vigila en Renovaciones como cualquier otra.
Plazo de resolución
La Administración dispone de 3 meses desde la entrada en registro, con silencio positivo (RD 1155/2024, arts. 182-185). Los requerimientos paran el reloj; el detalle, con las fuentes, está en Silencio administrativo en extranjería: el plazo de cada trámite.
Y después. La tarjeta que resulta tiene caducidad. Aproba la registra al validarla y, cuando se acerque, te propondrá la renovación desde la vista Renovaciones, con aviso al cliente en su idioma.
Preguntas frecuentes
¿Larga duración o nacionalidad?
Son trámites distintos y compatibles: la larga duración es una autorización de residencia; la nacionalidad, un cambio de estatus ante Justicia. Aproba lleva ambos con la misma ficha del cliente.
¿Qué plazo tiene?
Tres meses, con silencio positivo (RD 1155/2024, arts. 182-185).
¿Qué documentos pide el portal?
La TIE actual, el certificado de empadronamiento y el justificante de medios económicos, por defecto. La lista se ajusta por expediente.