Trámite
Modificación de autorización: cómo la tramita un despacho con Aproba
De estudiante a trabajador, de cuenta ajena a cuenta propia, de reagrupado a independiente: la modificación cambia la autorización sin salir de España. El documento que manda es la prueba del nuevo supuesto.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026
3
documentos que pide el portal por defecto
1
modelo oficial rellenado
790-052
tasa generada con los datos del cliente
3 meses
plazo de resolución · silencio negativo
La modificación de autorización permite pasar de una situación a otra — estudios a trabajo, cuenta ajena a cuenta propia, reagrupación a autorización independiente — sin perder la residencia. El Reglamento de 2024 la regula en el artículo 191.
Aproba pide lo que comparte todo supuesto (TIE vigente y pasaporte) y deja una casilla abierta, «Justificante del nuevo supuesto», que tú concretas en cada expediente: un contrato, un alta de autónomo, una matrícula.
Qué pide Aproba a tu cliente
Al crear el expediente y elegir «Modificación de autorización», el cliente recibe un enlace con esta lista, en su idioma. Es la lista por defecto del catálogo: la ajustas por servicio en Ajustes o por expediente, y lo que no tenga casilla se sube igual como «otros documentos».
- TIE actual
- Pasaporte
- Justificante del nuevo supuesto
Formularios y tasa
Con los documentos validados, Aproba rellena EX-26 (Modificación de autorización) sobre el impreso oficial vigente, editable antes de imprimir; la página 2 (lugar, fecha, firmante) se completa sobre el propio PDF. La tasa 790-052 (autorizaciones de residencia) sale generada con los datos del cliente. Se presenta ante la Oficina de Extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno; la presentación la hace el profesional, con su certificado o su convenio.
El recorrido en Aproba
Enlace
Creas el expediente, eliges el servicio y envías el enlace.
Portal
El cliente sube los documentos desde el móvil, en su idioma, y firma la hoja de encargo.
IA
Cada documento se reconoce, se lee y rellena la ficha; lo ilegible se vuelve a pedir.
Formularios y cobro
EX-26 y la tasa, rellenados y editables. Anticipo y pago final desde el expediente (Pro y Business).
Presentación
La haces tú. Aproba avisa al cliente de cada paso y guarda el historial.
Lo particular de este trámite
- EX-26 rellenado con los datos de la ficha y la autorización actual leída de la TIE.
- Casilla del nuevo supuesto: la renombras o añades otras desde el expediente para que el portal pida exactamente lo que necesitas.
- Tasa 790-052 generada. Si el nuevo supuesto es de trabajo por cuenta ajena, la 790-062 la abona el empleador: añádela desde el selector.
- Plazo de tres meses, silencio negativo (art. 191).
Plazo de resolución
La Administración dispone de 3 meses desde la entrada en registro, con silencio negativo (RD 1155/2024, art. 191). Los requerimientos paran el reloj; el detalle, con las fuentes, está en Silencio administrativo en extranjería: el plazo de cada trámite.
Y después. La tarjeta que resulta tiene caducidad. Aproba la registra al validarla y, cuando se acerque, te propondrá la renovación desde la vista Renovaciones, con aviso al cliente en su idioma.
Preguntas frecuentes
¿Sirve para pasar de estudiante a trabajador?
Sí: es uno de los supuestos típicos. El portal pedirá el contrato o la oferta como «justificante del nuevo supuesto» y el EX-26 saldrá rellenado.
¿Y la tasa de trabajo?
La 790-052 sale por defecto. Cuando el supuesto implica autorización de trabajo por cuenta ajena, añades la 790-062 (la paga quien contrata) desde el selector de tasas del expediente.
¿Plazo?
Tres meses, silencio negativo (RD 1155/2024, art. 191).