Tasa 790-038: cuánto cuesta y cómo se paga
La 790-038 es la tasa de las autorizaciones que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos: profesionales altamente cualificados, traslados intraempresariales, teletrabajadores internacionales, emprendedores e investigadores. Cuánto cuesta en 2026, quién la paga y cómo se paga para que la solicitud no se atasque.

Quien llega a la Ley 14/2013 desde el régimen general busca la 790-052 y no la encuentra. Las autorizaciones de movilidad internacional no las resuelve una Oficina de Extranjería sino el Ministerio de Inclusión, y llevan su propia tasa, la 790-038. Se paga en línea, antes de presentar, y el justificante va con la solicitud.
73,26 €
solicitud inicial, del titular o de cada familiar
78,67 €
renovación
23,76 €
investigador que cursa un doctorado
1 por persona
el titular y cada familiar pagan la suya
Para qué trámites es
Según la sede del Ministerio de Inclusión, la 790-038 corresponde a las autorizaciones de residencia y trabajo que resuelve ese ministerio, con sus prórrogas, modificaciones y renovaciones. Son dos grupos:
- Las de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), es decir, la Ley 14/2013: profesionales altamente cualificados y Tarjeta azul UE, traslados intraempresariales, teletrabajadores internacionales, emprendedores, investigadores y sus familiares. La de inversores se suprimió el 3 de abril de 2025: solo se renuevan las que ya existían.
- Las autorizaciones por circunstancias excepcionales que resuelve la Secretaría de Estado de Migraciones.
Lo que tramitan las Oficinas de Extranjería (arraigos, reagrupación, cuenta ajena) lleva la 790-052 o la 790-062, que se obtienen en la sede del Ministerio de Política Territorial: ver las tasas que genera Aproba.
Cuánto cuesta en 2026
| Solicitud | Importe |
|---|---|
| Autorización de residencia inicial del titular | 73,26 € |
| Autorización inicial de cada familiar | 73,26 € |
| Autorización de residencia renovada | 78,67 € |
| Investigador: estudiante de doctorado | 23,76 € |
Fuentes: preguntas frecuentes de la UGE-CE sobre teletrabajadores internacionales (01/04/2026), instrucciones de la UGE-CE para estudiantes de doctorado (11/08/2026) e impreso oficial de la tasa para la renovada. Las cuantías parten de la Orden ESS/1571/2014 (70,40 € y 75,60 €) y se actualizan con las Leyes de Presupuestos.
Se paga una tasa por persona. Una familia de cuatro que llega con un traslado intraempresarial paga 4 × 73,26 = 293,04 € solo en tasas 790-038, antes de las tarjetas de identidad de extranjero (TIE).
Quién la paga
El sujeto pasivo es el solicitante de cada autorización (art. 3 de la Orden ESS/1571/2014). Pero no tiene por qué pagarla él: la sede permite hacerlo en su nombre con la opción «Pago en representación de otra persona», escribiendo en el impreso los datos del solicitante. Así puede pagarla la empresa o el despacho cuando el trabajador no tiene certificado digital.
Cómo se paga, paso a paso
Entrar en la sede del Ministerio de Inclusión
La tasa solo se paga en línea, en la aplicación «Tasa 038» de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Dónde se atascaPide identificarse con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve: sin uno de ellos no se llega al impreso.
Elegir el epígrafe
Modelo 790, código 038, «Punto 7: Solicitud de autorizaciones de movilidad internacional (Ley 14/2013)», y la opción inicial o renovada.
Dónde se atascaLa opción cambia el importe: 73,26 € la inicial, 78,67 € la renovada.
Escribir los datos del solicitante
Si pagas por otra persona, marca «Pago en representación de otra persona» y escribe los datos de quien pide la autorización, no los tuyos.
Pagar
Con cargo en cuenta, tarjeta de crédito o débito, o Bizum. El pago pasa por la pasarela de la Agencia Tributaria.
Guardar el justificante con el NRC
El NRC (Número de Referencia Completo) prueba el ingreso. El justificante lo recoge junto con los datos del modelo 790: es el documento que se adjunta.
Presentar la solicitud en la UGE-CE
El justificante es un requisito en el momento de solicitar: la tasa se paga antes, nunca después.
Dónde se atascaSi falta, la solicitud está incompleta y habrá que subsanarla en diez días (art. 68 de la Ley 39/2015).
No la confundas con las demás 790
| Tasa | Para qué | Dónde se obtiene |
|---|---|---|
| 790‑038 | Ley 14/2013 (UGE-CE) y circunstancias excepcionales que resuelve la Secretaría de Estado de Migraciones | Sede del Ministerio de Inclusión, con certificado o Cl@ve |
| 790‑052 | Autorizaciones de residencia de las Oficinas de Extranjería | Sede del Ministerio de Política Territorial |
| 790‑062 | Autorizaciones de trabajo de esas mismas oficinas | Sede del Ministerio de Política Territorial |
| 790‑012 | TIE, NIE y certificados | Policía Nacional |
Fuente: sede electrónica del Ministerio de Inclusión, ficha «Autorizaciones de trabajo y residencia (Tasa 038)», consultada el 07/10/2026.
Concedida la autorización (la UGE-CE resuelve en 20 días y el silencio es positivo: Ley 14/2013, art. 76.1), cada persona pide su TIE en la Policía en el mes siguiente, con la 790-012.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta la tasa 790-038 en 2026?
73,26 € por cada solicitud inicial, la del titular y la de cada familiar, y 78,67 € por cada renovación. Para el estudiante de doctorado que pide la autorización de investigador, 23,76 €.
¿Hay que pagar una tasa por cada familiar?
Sí. La 790-038 se paga por persona: el titular y cada familiar que pide su autorización pagan la suya, 73,26 € en la solicitud inicial.
¿Puede pagarla la empresa o el despacho?
Sí. La opción «Pago en representación de otra persona» permite pagar en nombre del solicitante, con sus datos en el impreso. Quien paga entra en la sede con su propio certificado digital o Cl@ve.
¿Se puede pagar sin certificado digital?
No en la sede: la aplicación de la tasa pide DNI electrónico, certificado o Cl@ve. Si el trabajador no tiene ninguno, la paga por él quien sí lo tenga, con el pago en representación.
¿Cuándo hay que pagarla?
Antes de presentar. El justificante con el NRC es un requisito en el momento de la solicitud; si falta, la solicitud está incompleta y habrá que subsanarla.