Trámite
Arraigo social: cómo lo tramita un despacho con Aproba
El arraigo es el trámite de circunstancias excepcionales más frecuente en un despacho: muchos documentos, un cliente que suele hablar poco español y un expediente que no admite errores de forma. Esto es lo que Aproba hace en cada paso.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026
4
documentos que pide el portal por defecto
3
modelos oficiales rellenados
790-052
tasa generada con los datos del cliente
3 meses
plazo de resolución · silencio negativo
El arraigo social es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales: se pide desde España, sin visado previo, acreditando permanencia y vínculos. Con el Reglamento de 2024 los arraigos se reordenaron (social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad) y los modelos oficiales cambiaron con ellos.
Para el despacho, el arraigo es sobre todo un problema de documentos: el empadronamiento histórico, el contrato, los antecedentes penales del país de origen legalizados y traducidos. Aproba no decide si el cliente cumple los requisitos — eso es tu trabajo —, pero se ocupa de que todo llegue, se lea y acabe en el impreso correcto.
Qué pide Aproba a tu cliente
Al crear el expediente y elegir «Arraigo social», el cliente recibe un enlace con esta lista, en su idioma. Es la lista por defecto del catálogo: la ajustas por servicio en Ajustes o por expediente, y lo que no tenga casilla se sube igual como «otros documentos».
- Pasaporte
- Certificado de empadronamiento
- Contrato de trabajo
- Antecedentes penales
Formularios y tasa
Con los documentos validados, Aproba rellena EX-10 (Arraigo (modelo clásico)), EX-31 (Arraigo (RD 1155/2024)) y EX-32 (Arraigo DA 21.ª (RD 1155/2024)) sobre el impreso oficial vigente, editable antes de imprimir; la página 2 (lugar, fecha, firmante) se completa sobre el propio PDF. La tasa 790-052 (autorizaciones de residencia) sale generada con los datos del cliente. Se presenta ante la Oficina de Extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno; la presentación la hace el profesional, con su certificado o su convenio.
El recorrido en Aproba
Enlace
Creas el expediente, eliges el servicio y envías el enlace.
Portal
El cliente sube los documentos desde el móvil, en su idioma, y firma la hoja de encargo.
IA
Cada documento se reconoce, se lee y rellena la ficha; lo ilegible se vuelve a pedir.
Formularios y cobro
EX-10, EX-31, EX-32 y la tasa, rellenados y editables. Anticipo y pago final desde el expediente (Pro y Business).
Presentación
La haces tú. Aproba avisa al cliente de cada paso y guarda el historial.
Lo particular de este trámite
- Tres modelos, no uno. Aproba genera el EX-10 clásico y los dos modelos del Reglamento de 2024 (EX-31 y EX-32, este último para la disposición adicional 21.ª). Eliges el que corresponde al supuesto y sale rellenado con la ficha del cliente.
- Antecedentes penales en la lista. Es el documento que más veces llega mal (sin legalizar, sin traducir, caducado). En el portal aparece como casilla propia, con su ayuda, y la IA lee la fecha de expedición.
- Contrato de trabajo. La IA reconoce el contrato como tal y lo coloca en su casilla; los datos del empleador quedan a mano para el formulario.
- Si el arraigo se concede, empieza otra cuenta atrás. La TIE que resulta tiene caducidad: Aproba la registra y te propone la renovación a tiempo desde la vista Renovaciones.
Plazo de resolución
La Administración dispone de 3 meses desde la entrada en registro, con silencio negativo (RD 1155/2024, arts. 124-132). Los requerimientos paran el reloj; el detalle, con las fuentes, está en Silencio administrativo en extranjería: el plazo de cada trámite.
Y después. La tarjeta que resulta tiene caducidad. Aproba la registra al validarla y, cuando se acerque, te propondrá la renovación desde la vista Renovaciones, con aviso al cliente en su idioma.
Preguntas frecuentes
¿Qué modelo EX usa Aproba para el arraigo social?
Los tres que existen hoy: EX-10 (modelo clásico), EX-31 (arraigo según el RD 1155/2024) y EX-32 (disposición adicional 21.ª). Salen rellenados con los datos validados del cliente y se pueden editar antes de imprimir.
¿Y la tasa?
La 790-052 (autorizaciones de residencia), generada con los datos del cliente. Se paga antes de presentar; el justificante se adjunta al expediente.
¿Cuánto tarda la Administración en resolver?
Tres meses desde la entrada en registro, con silencio negativo (RD 1155/2024, arts. 124-132). Los detalles y las excepciones están en el artículo sobre el silencio administrativo.